Existe una manera de consultar el motivo por el cual es Servicio de Administración Tributaria (SAT), no ha realizado la devolución de un monto excedente o saldo a favor, luego del ejercicio fiscal.
Esta información está disponible en la plataforma digital del SAT, en la sección de Devoluciones y Compensaciones, en la opción de Seguimiento de Trámites y Requerimientos.
A continuación te diremos las razones por las el SAT no te ha devuelto el saldo a favor o monto excedente.
Si tu saldo a favor es menor a 150 mil pesos, el SAT te lo devolverá automáticamente en un lapso máximo de 40 días. Recuerda que las devoluciones se realizan a partir de la segunda semana de abril.
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— SATMX (@SATMX) April 18, 2022
¿Por qué no se me ha devuelto el saldo a favor?
Lo primero que debes hacer para saber porqué no se ha devuelto el saldo a favor, es ingresar a este sitio web del SAT con tu número del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu Contraseña o e.firma.
Después deberás comenzar a realizar el trámite virtual para hacer la comprobación y llenar el formulario en pantalla con la información que el sistema te solicita, luego de completar los datos tendrás la opción de continuar de manera manual o automática, para mostrarte si tu caso se encasilla en uno de los supuestos siguientes:
- En proceso:
Este indica cuando la dependencia está todavía validando la información de tu declaración y realizando los cálculos necesarios para proceder con tu petición de la devolución de saldo a favor.
- Requerida:
En este supuesto indica que necesita que le proporciones más datos o documentos al SAT para atender tu reclamo por la devolución de impuestos pendiente.
- Desistida:
Así aparecerá luego de que el SAT te pidió que facilites la información faltante para aclarar el caso, y no se entregó; la dependencia da por finalizada la petición del contribuyente
Para finalizar, recuerda que la devolución de impuestos del SAT queda reflejada en la cuenta del contribuyente dentro de un plazo de hasta 40 días hábiles contados a partir de que se solicitó a la dependencia, como lo señala la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente en su Artículo 2.