¡Buenas noticias! El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó una prórroga para que los contribuyentes del sector transporte puedan tramitar su Carta Porte. Cabe recordar que la fecha límite para realizar este trámite era el próximo 30 de septiembre.
El objetivo de esta prórroga es, primero, que el sector transporte se acostumbre y se adapte al uso de la factura electrónica con complemento Carta Poder. El comunicado detalla:
Se amplia al 31 de diciembre del 2022 el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en caso de que la misma no se emita cumpliendo los requisitos aplicables.

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De tal forma que los contribuyentes del sector todavía tienen algunos meses para realizar este trámite. Ahora, bien vale explicar que este trámite es necesario para quienes transportan por el país mercancías ya sea por vía terrestre, marítima o aérea.
En la Carta Porte del SAT se incluye toda la información de aquello que se transporta: cuál es su origen, comprueba su legalidad, también refiere su pertenencia, quién está a cargo de ella mientras viaja, cuáles son las unidades aprobadas para su transporte y, por supuesto, hacia dónde se dirige.
Es decir, si te dedicas al transporte de mercancías seguro que ya emites un CFDI de tipo Ingreso, pero con la Carta Porte te amparas por el servicio que ya prestas.